Grupo familiar

Cómo incluir a su familia en la solicitud

El anuncio permite que el cónyuge y determinados hijos se presenten junto con el solicitante principal, acreditando el vínculo e integrando el importe fijado para su categoría.

Última revisión jurídica: · Abogado responsable: Gastón A. Cejas

Quiénes pueden incluirse en la solicitud

Cónyuge

USD 100.000

Debe acreditarse el matrimonio. El importe surge del ejemplo oficial de una familia de cuatro integrantes (USD 500.000).

Hijos de 18 a 25 años

USD 100.000

Solo si son solteros y no tienen hijos propios, según el anuncio.

Hijos menores de 18 años

USD 25.000

Acreditación del vínculo y, cuando corresponda, conformidad del otro progenitor o documentación sobre el cuidado personal.

Cómo se acreditan los vínculos

Cada vínculo debe acreditarse con documentación del estado civil: partida de matrimonio para el cónyuge y partidas de nacimiento para los hijos. Los documentos extranjeros normalmente deben estar apostillados (o legalizados, si el país emisor no es parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla) y traducidos al español por traductor público matriculado en la Argentina.

Para los hijos menores de 18 años será necesario acreditar la conformidad de ambos progenitores o aportar la resolución judicial o el documento que atribuya el cuidado personal o la responsabilidad parental. Las situaciones de adopción y de hijos del cónyuge deben analizarse en cada caso: el anuncio no se refiere a ellas expresamente.

Escenarios de ejemplo (modalidad aporte)

Escenarios de ejemplo (modalidad aporte)
Grupo familiarCálculoTotal de aportes
Solicitante individual350.000USD 350.000
Matrimonio350.000 + 100.000USD 450.000
Matrimonio y dos hijos menores de 18 (ejemplo oficial)350.000 + 100.000 + 2 × 25.000USD 500.000
Matrimonio, un hijo de 18 a 25 años y un menor350.000 + 100.000 + 100.000 + 25.000USD 575.000

Importes en dólares estadounidenses. En la modalidad bono, el importe principal es de USD 800.000 de capital en bonos y los importes familiares se muestran por separado.

Cuestiones que la reglamentación deberá resolver

  • Convivientes. El anuncio habla del cónyuge. No está claro si se aceptarán las uniones convivenciales registradas o las parejas reconocidas en el extranjero.
  • Edad en qué momento. No se especifica si la edad del hijo se evalúa al presentar o al resolver. Un hijo que cumple 18 o 26 años durante el trámite puede cambiar de categoría.
  • Dependencia económica. Algunos programas exigen que los hijos mayores dependan económicamente de sus padres; el anuncio menciona solo que sean solteros y sin hijos.
  • Padres y otros familiares. No se mencionan. Podrían tener que presentar una solicitud propia o recurrir a otras vías migratorias.
  • Incorporaciones posteriores. No está regulado si un cónyuge o hijo puede incorporarse después de la aprobación del solicitante principal.

Fuentes

Analice la situación de su familia

Descríbanos la composición de su grupo familiar y le indicaremos cómo podría incluirse a cada persona.